Debate urgente y resolución sobre racismo y brutalidad policial, y otras actualizaciones de 43° CDH
La 43ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU comenzó el 24 de febrero de 2020 y se suspendió el 13 de marzo debido a la pandemia de COVID-19. La sesión se reanudó el 15 de junio y finalizó el 23 de junio.
A continuación, compartimos actualizaciones sobre resoluciones y debates que seguimos desde la SRI

Racismo sistémico y brutalidad policial
A pedido de Burkina Faso, en nombre del Grupo de Estados Africanos, el Consejo de Derechos Humanos llevó a cabo un debate urgente los días 17 y 18 de junio sobre "las actuales violaciones de los derechos humanos por motivos raciales, el racismo sistémico, la brutalidad policial y la violencia contra las protestas pacíficas". Esto ocurrió luego de una carta conjunta dirigida a los miembros del Consejo de Derechos Humanos de parte de los miembros de la familia de George Floyd, Breonna Taylor, Philando Castile y Michael Brown, que fue respaldada por más de 600 organizaciones de la sociedad civil, incluida la SRI, solicitando una sesión especial del Consejo y una investigación independiente sobre la violencia policial y represión de las protestas en los Estados Unidos.
Desde la SRI y junto a nuestra organización socia, la Coalición de Lesbianas Africanas (CAL) elaboramos una declaración llamando la atención sobre la brutal violencia racista de las fuerzas del orden estadounidenses y la violencia contra quienes se oponen a la misma y protestan por esta situación. En la declaración pedimos la creación de un mecanismo independiente de investigación y rendición de cuentas sobre los problemas del racismo sistémico y asesinatos policiales en los Estados Unidos. También expresamos una profunda preocupación por el tono de las declaraciones hechas por los Estados del Norte Global durante el Debate Urgente y su cooptación del lenguaje de la liberación a través de retóricas vacías_ para ocultar el racismo que está a la vista mientras se niegan a tomar medidas significativas o realizar un llamamiento directo a los Estados Unidos_ e inclusive yendo más lejos: al expresar su confianza en el 'estado de derecho' de los EE. UU. y su sistema de justicia que constantemente ha fallado a los afroamericanos en sus demandas de responsabilidad.
Resoluciones destacadas
Promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los africanos y de las personas de ascendencia africana contra el uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de los derechos humanos por parte de los agentes del orden A/HRC/43/L.50
La resolución pedía originalmente el establecimiento de una comisión de investigación «para establecer hechos y circunstancias relacionadas con el racismo sistémico, presuntas violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y abusos contra africanos y personas de ascendencia africana, en los Estados Unidos de América y otras partes del mundo recientemente afectadas, por organismos encargados de hacer cumplir la ley...» Varias delegaciones, especialmente del Grupo de Europa Occidental y de la Unión Europea, se opusieron a la creación de una comisión de investigación centrada en los EE. UU; y presionaron por una resolución genérica. A su vez, se reemplazó la creación de una comisión de investigación por una solicitud al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, con la asistencia de los titulares de mandatos especiales pertinentes.
Una resolución debilitada fue adoptada por consenso, sin votación, el mismo día en que el Relator Especial sobre Racismo y el Grupo de Trabajo de Expertos sobre las personas de ascendencia africana habían pedido al Consejo de Derechos Humanos que «adoptara, mediante una votación, si fuera necesario, una fuerte y sustantiva resolución, tal como se había redactado originalmente y que era coherente con las demandas claras e inequívocas de las familias de las víctimas, la sociedad civil y los expertos independientes de los Procedimientos Especiales, en lugar de una resolución consensuada pero diluida que equivaldría a burlarse ante la urgencia de este momento»
Concientización sobre los derechos de las personas con discapacidad, habilitación y rehabilitación A/HRC/43/L.34
La resolución incorpora lenguaje sobre formas interseccionales de discriminación, y salud sexual y reproductiva en el contexto del disfrute de todos los derechos por parte de mujeres y niñas con discapacidad. También exige que las medidas de sensibilización, habilitación y rehabilitación sean sensibles al género. Sin embargo, no alcanza su potencial en varios aspectos: no hace referencia a la educación sexual integral e inclusiva como una medida para implementar el artículo 8° de la CDPD orientada a garantizar que tanto las personas con y sin discapacidad puedan aprender sobre la sexualidad en igualdad de condiciones y abordar las visiones capacitistas sobre el género y la sexualidad de las mujeres y niñas con discapacidad. Tampoco planteó que el deterioro de los determinantes sociales de la salud puede inhibir el proceso de rehabilitación. Los Estados deben asegurarse de que la adquisición de una discapacidad no conduzca a una depreciación de los determinantes sociales de la salud relacionados con el impacto negativo que el impedimento y las barreras relacionadas con la discapacidad tienen sobre los ingresos, el acceso a la vivienda, los sistemas y servicios de salud, los sistemas de protección social y la educación. La resolución también podría haberse beneficiado de un lenguaje más fuerte con respecto a las medidas de accesibilidad en el Consejo de Derechos Humanos y el sistema de la ONU en general. La resolución fue adoptada por consenso.
Salud mental y derechos humanos A/HRC/43/L.19
Liderada por Brasil y Portugal, y copatrocinada por 84 Estados la resolución se basa en el informe sobre el papel de los determinantes de la salud en el avance del derecho a la salud mental por el Relator Especial sobre el derecho a la salud en 2019. La resolución mejoró desde su primer borrador al incorporar mejor las normas, particularmente las relacionadas con los artículos 12° y 19° de la CDPD, el texto del informe más reciente sobre tortura psicológica del Relator Especial sobre Tortura y el informe sobre la privación de libertad de las personas con discapacidad del Relator Especial sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El documento carece de un análisis integral de género y no destaca adecuadamente los vínculos entre los sistemas de salud pública y los determinantes sociales de la salud, incluida la desigualdad de género, la pobreza, la violencia, el racismo y la xenofobia. Un enfoque de la salud mental basado en los derechos humanos requiere una afirmación del derecho a la autonomía e integridad corporal, lo que la resolución no hace. La resolución fue adoptada por consenso.