#HRC38: Qué hay de nuevo sobre los derechos sexuales?

Finalizó el 38° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de ONU, y si bien ya les adelantamos algo de lo que se debatió en esta oportunidad, aquí y en las redes sociales, compartimos  los alcances de esta sesión en relación a los derechos sexuales, que es resultado del trabajo que realizamos como parte de la SRI (Sexual Rights Initiative)

UN LOGRO DESTACADO

En este 38° período de sesiones que corresponde a la segunda reunión anual del Consejo de Derechos Humanos, se lograron importantes avances en materia de derechos sexuales durante las resoluciones. Ejemplo de ello son los avances innovadores respecto de la Eliminación de la discriminación contra las mujeres y las niñas. 

 

Liderada por México y Colombia y co-patrocinada por 60 países antes de la adopción, esta resolución anual se centró en eliminar los obstáculos al progreso y el empoderamiento de las mujeres en la vida económica. Se trata de una resolución pionera en su formulación de los derechos económicos de las mujeres como restringida por la discriminación estructural de género que surge de los sistemas económicos, sociales y políticos patriarcales y al articular las obligaciones del Estado para cambiar estos sistemas. La resolución también establece conexiones críticas entre el empoderamiento económico y los derechos de salud sexual y reproductiva de mujeres y niñas, la autonomía corporal, la discriminación por embarazo y estado civil y la impunidad de todas las formas de violencia contra mujeres y niñas, incluido el acoso sexual en el trabajo. La resolución expresa, además, profunda preocupación por la reacción en contra del avance de los derechos de las mujeres y las niñas y vincula explícitamente este fenómeno global a las crisis económicas y la desigualdad, los lobbies retrógrados y la instrumentalización de la religión y la cultura para negarles a mujeres y niñas su derecho a determinar el curso sus propias vidas.

Para eliminar la discriminación contra mujeres y niñas en el contexto de la vida económica, la resolución señala que los Estados deben garantizar sistemas de protección social que tengan en cuenta las cuestiones de género y los derechos de las mujeres a los recursos económicos y productivos, incluida la propiedad y el control de la tierra, los recursos naturales y otros recursos productivos, la herencia y los servicios financieros. 

 

Avances en el LENGUAJE

La eliminación de barreras legales y el desarrollo y aplicación de políticas, buenas prácticas y marcos legales que respeten la autonomía corporal  (primera resolución de la ONU ya sea en Nueva York o Ginebra en referirse a la autonomía corporal)

 

La aplicación de políticas, buenas prácticas y marcos legales que respeten .... el aborto seguro de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos y cuando no esté en contra de la legislación nacional (el lenguaje más avanzado sobre el aborto desde la Plataforma de Acción de Beijing en 1995)

 

Asegurar el acceso universal a la Educación Sexual Integral basada en la evidencia (la primera referencia no limitada en una resolución de DCMyN e incluso la formulación más sólida acerca de ESI)

 

Reconocimiento del derecho a la salud sexual y reproductiva (según la Observación general 22 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) 


HRC38: Otras resoluciones sobre derechos sexuales

1. Acelerar los esfuerzos para eliminar la violencia contra la mujer: Prevenir y responder a la violencia contra las mujeres y las niñas en contextos digitales 

2. Eliminación de la Mutilación Genital Femenina (GFM) *una aclaración importante es que cuando ONU se refiere a mutilación genital "femenina" está hablando de genitales de mujeres CIS. La incorporación de sentidos no binarios respecto de la genitalidad asociados al género, es todavía un desafío en estos espacios.

3. Derechos Humanos en contexto de VIH sida   

4. Espacios de la Sociedad Civil: participación en las organizaciones internacionales y regionales