El 17 de septiembre el Senado de la provincia de Buenos Aires, Argentina, sancionó una ley que establece que al menos el 1% de los empleos del Estado provincial sean ocupados por personas trans. La ley establece también que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de su identidad de género”.
La norma fue elaborada por la diputada Karina Nazábal y en sus fundamentos la legisladora explicó que la comunidad travesti, transexual y transgénero de Argentina “se encuentra entre una de las poblaciones más vulneradas históricamente del país”.
El proyecto que había sido aprobado en diciembre pasado en Diputados y fue sancionado hoy por unanimidad en el Senado, determina que el sector público de la provincia de Buenos Aires comprende los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, organismos de la seguridad social, las empresas y sociedades del Estado y sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, entre otras.
El artículo 5° establece que las beneficiarias de la norma serán "las personas travestis, transexuales y transgénero, mayores de 18 años de edad, hayan o no accedido a los beneficios de la ley 26.743 (de identidad de género) y que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo que deben ocupar de acuerdo con sus antecedentes laborales y educativos".
Cabe destacar que la norma señala que su incumplimiento total o parcial “constituirá, para los/as funcionarios/as responsables, mal desempeño en sus funciones o falta grave, según corresponda”.
La legisladora Nazábal sostuvo que la expulsión de los circuitos laborales “también es moneda corriente para las minorías por identidad de género” por lo que consideró que es el Estado “el que se empieza a hacer cargo de brindar oportunidad de trabajo a este colectivo”.
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